Durante el miércoles y jueves de esta semana, la Comisión de Medio Ambiente aprobó una norma sobre los derechos de la naturaleza, apoyada ampliamente por los y las representantes de la izquierda y centroizquierda de la Convención Constitucional. Dada la conformación política del pleno, ésta podríaser aprobada ya que sobrepasa con holgura los 2/3 exigidos.
El punto de la discordia es el artículo 12, que se refiere a los bienes comunes naturales y que son definidos como “elementos o componentes de la Naturaleza no susceptibles de apropiación. El Estado es custodio de estos bienes, debiendo conservarlos, resguardarlos y administrarlos, asegurando una gestión participativa y democrática”.
El documento explica que el Estado podrá dar autorizaciones administrativas sobre los bienes que la Constitución determine, pero que estarán sujetas a fechas de término, revocaciones y obligaciones de conservación. Además, agregra que “no habrá derechos de propiedad sobre dichas autorizaciones. Los pueblos indígenas tienen derechos colectivos a los bienes naturales situados en sus territorios, en conformidad con los tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte”.
La frase que dice que no habrá derechos de propiedad ha generado suspicacias. Según Pablo Fuenzalida, investigador de CEP, esto puede provocar que las autorizaciones dadas no queden amparadas por el derecho de propiedad. Y si eso ocurriera, señala que podrían haber demandas ante organizaciones internacionales por incumplimento de parte del Estado. El analista opina, además, que esta normativa podría traer problemas en las concesiones mineras.
Ezio Costa, doctor en Derecho de U. de Chile, Director Ejecutivo de la ONG FIMA y uno de los referentes de los “eco constituyentes”, tiene otra mirada. Plantea que la existencia -o no- de la propiedad privada sobre las autorizaciones de bienes comunes es una discusión jurídica presente en distintos países.
Sobre el artículo aprobado por la Comisión, explica: “Podría ser que una autorización que permitió el uso de un determinado suelo o territorio que tenía cierta calidad, a propósito de pérdida en la calidad del suelo en general, el Estado necesite ponerle una nueva condición o limitaciones. No es algo que hoy no se pueda hacer. La mención a que no existe derecho a la propiedad sobre las autorizaciones lo que hace es evitar la discusión”.
Nacionalización de la minería
La Comisión de Medio Ambiente ha aprobado otras normas en general, que forman parte de un segundo informe que comenzará a votarse en particular la próxima semana. Una de ellas tiene que ver con la norma que viabiliza la nacionalización de la minería en Chile.
Aunque esta norma no ha sido aprobada por el pleno, el mercado mira con atención su desarrollo. Países productores como Perú y México están pensando nacionalizar sus recursos mineros, lo que estrecharía el negocio. No hay que olvidar que Chile es uno de los mayores productores globales de minerales; es el principal vendedor mundial de cobre y el segundo mayor de litio. Ambos elementos son clave para la transición hacia la descarbonización de la economía mundial y las energías renovables.